CUMPLE LA LISMI

Toda empresa con 50 ó más trabajadores ha de tener un 2% de personas contratadas con discapacidad, de acuerdo con la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de Minusválidos (LISMI).

 

Una de las medidas alternativas a la contratación que se contempla en la LISMI es la donación de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la entidad beneficiaria de dichas acciones de colaboración sea una fundación o asociación de utilidad pública, cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de las personas con una minusvalía.

Lismi.pdf